Afiliación ¿Quiénes pueden afiliarse?
Los asesores dependientes que estén vinculados laboralmente a las compañías de seguros Generales suramericana S.A. seguros de vida suramericana, servicios generales suramericana, fondo suramericana de inversiones y las compañías filiales con las que se establezcan convenios de comisión o corretaje.

Asesoramiento, Representación, Defensa y Educación Asesorías a sus afiliados, representación ante empleadores y terceros en caso de conflictos relacionados con la actividad profesional y laboral; promoción de la educación profesional, técnica, sindical y general.
- Estos son tus Beneficios por Pertenecer a ASOASS
Otros Beneficios de la Convención Colectiva de Trabajo Asoass-Sura:
AUXILIOS
- Lentes y cirugía refractiva
- Nacimiento, adopción o aborto no provocado
- Auxilio de Lactancia
- Funerario
- Educación:
- Auxilio Educativo para hijos una vez durante el año.
- Auxilio Educativo para el asesor una vez durante el año.
AUXILIOS
- Lentes y cirugía refractiva
- Nacimiento, adopción o aborto no provocado
- Auxilio de Lactancia
- Funerario
- Educación:
- Auxilio Educativo para hijos una vez durante el año.
- Auxilio Educativo para el asesor una vez durante el año.
PÓLIZAS
COLECTIVAS
- Seguro de Vida de Grupo
- Seguro Colectivo de Salud
- Seguro Multiriesgo Empresarial
- Póliza Colectiva de Hogar
- Póliza Colectiva de Accidentes Juvenil
- Póliza Colectiva de Automóviles
- Póliza Exequial
COMISIONES
Y CARTERA
- Devolución de Comisiones Diferidas
- Pago de comisiones por Extraprimas
- Prelación en la Adjudicación de la Cartera
PRIMAS
- Prima de Antigüedad
- Prima de Productividad
- Vacaciones
Proceso de afiliación
- Diligenciar la Solicitud de Afiliación y enviarla al correo asociación@asoass.org, adjuntando Formato de Designación de Beneficiarios del Seguro Vida Grupo Colectivo.
- Pagar los Aportes Sindicales (se autoriza el descuento por nómina con la Solicitud de Afiliación). Existen cuotas ordinarias y extraordinarias. Las cuotas ordinarias se aportan mensualmente y son del uno por ciento (1%) del salario mensual devengado por el afiliado, mínimo uno punto cinco por ciento (1.5%) del salario mínimo legal mensual vigente (smlmv), con un máximo del seis (6%) del salario mínimo legal mensual vigente (smlmv). Las Cuotas Extraordinarias son fijadas excepcionalmente por la asamblea.
Deberes de los asociados
- Cumplir los estatutos y las órdenes emanadas de la ASAMBLEA NACIONAL, de las asambleas seccionales, de las juntas directivas y comités seccionales.
- Concurrir a las sesiones de la ASAMBLEA NACIONAL, de la Junta Directiva Nacional y de las comisiones, asambleas seccionales, de las juntas directivas seccionales y de los comités seccionales cuando se forme parte de ellos o presentar excusa por escrito.
- Observar buena conducta, estricta ética profesional y proceder lealmente con sus compañeros.
Son derechos de los afiliados
- Participar en los debates de la Asamblea Nacional de Delegados y presentar proposiciones.
- Ser elegidos como delegados, miembros de la Junta Directiva Nacional, subdirectivas, comités seccionales, comisiones o comités especiales.
- Gozar de los beneficios que otorga LA ASOCIACIÓN.
- Solicitar la intervención de LA ASOCIACIÓN, por medio de la Junta Directiva Nacional, de las subdirectivas o comités seccionales, en busca de soluciones a los conflictos del trabajo, individuales y colectivos.
- Tener acceso directo a la información de LA ASOCIACIÓN.
- Recibir las asesorías jurídicas de carácter sindical y laboral.
- Participar en los cursos de capacitación.
- Participar en las actividades culturales y recreativas.
- Conocer la problemática laboral de los afiliados.
- Mantenerse en contacto permanente con la Junta Directiva Nacional y participar en todas las tareas que esta proponga.
- Promover permanentemente la afiliación de nuevos miembros.
- Presentar proyectos alternativos en materia laboral y social.